La Jurisprudencia reciente del Tribunal Supremo y del Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha dictaminado que son nulas y abusivas las cláusulas de las hipotecas que aseguren al banco el cobro de un interés mínimo, limitando a la baja la variabilidad del tipo de interés. Incluso el gobierno ha dictado el Real Decreto-Ley 2.017 posibilitando al consumidor acogerse a un procedimiento de reclamación previa a la via judicial, para reclamar los intereses indebidamente abonados al Banco
¿Cómo reconocer una cláusula suelo?
Su sitio está en el apartado de la escritura titulado “tipos de interés del préstamo” , y bajo expresiones del tipo “límite de variabilidad de intereses”, “interés mínimo” o “límite a la aplicación del interés variable” o “túnel hipotecario”. También puede expresarse con una fórmula: "el tipo de interés pactado no podrá ser superior a X, ni inferior a X".
La actuación de nuestro despacho consiste en:
- Asesoramiento al cliente y tramitación de la reclamación previa frente a la entidad bancaria.
- Interposición de la demanda judicial solicitando la nulidad de la cláusula suelo y la devolución de todos los intereses indebidamente cobrados, más los gastos en su caso correspondientes.
Ejemplo de claúsula suelo: